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Censo Electoral y Derecho a Voto

El censo electoral contiene la relación de aquellas personas físicas que reúnen los requisitos para ser electores y elegibles, y que no estén privados, temporal o definitivamente, del derecho de sufragio de en la Asociación.

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El censo electoral estará constituido por LOS SOCIOS DE PLENO DERECHO de la AEI  Cluster del Turismo de Extremadura .

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Ver Censo Electoral actual:

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¡Importante! - Hay comunicar con antelación a las elecciones cualquier cambio a realizar en el Censo Electoral.

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Derecho a Voto

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Todos los asistentes deberán acreditar su personalidad con DNI, Pasaporte o Carnet de Conducir)

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El derecho a voto es pesonal. No obstante, se permitirá la delegación de la asistencia a las votaciones y la delegación de voto en otras personas integrantes en la asociación.

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Las delegaciones de voto y de asistencia deben cursarse según el modelo oficial establecido en el Anexo V del Reglamento de Régimen Interno de  la AEI Cluster del Turismo de Extremadura. No serán válidos otros modelos ni aquellos que les falte la documentación solicitada.

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MODELO OFICIAL DELEGACIÓN DE VOTO: AQUÍ

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